REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS
La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, tendrá a su cargo el control, cumplimiento y aplicación del presente Decreto, la Ley que se reglamenta y demás normas que regulan las actividades de la pesca, acuicultura y de la industrialización, procesamiento, comercialización, transporte, aprovechamiento de los recursos hidrobiológicos e industrias derivadas de sus productos, sin perjuicio de otras atribuciones que le confieran las normas vigentes.
Las competencias atribuidas por la Ley N° 19.175, de 20 de diciembre de 2013 y su reglamentación, se ejercerán en coordinación con otros organismos del Poder Ejecutivo y sus unidades dependientes, cuando corresponda de conformidad con sus cometidos y atribuciones. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 269/018 de 27/08/2018 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 115/018 de 24/04/2018 artículo 3.