REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 24/04/2018
Publicación: 04/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.175 de 20/12/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO XVIII - ORDENACIÓN PESQUERA

Artículo 118

   Pesquerías en estado de plena explotación. Decláranse en estado de plena explotación y en consecuencia cerrada las pesquerías de las siguientes especies: "cangrejo rojo" (Chaceon notialis); "corvina" (Micropogonias furnieri); "mejillón" (Mytilus edulis platensis); "merluza" (Merluccius hubbsi) y "pescadilla" (Cynoscion guatucupa).
Referencias al artículo
Ayuda