REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 43 Y 44 DE LA LEY 18.362, RELATIVOS A LA CREACION DEL PROGRAMA DE CONTRATACION PUBLICA PARA EL DESARROLLO Y DEROGACION DEL DECRETO 191/019




Promulgación: 29/05/2026
Publicación: 08/06/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 43 y 44.

Sección IV - Procedimiento y adjudicación

Artículo 17

   La CACI considerará los siguientes criterios al momento de evaluar las ofertas:

   i) Mérito innovador de la propuesta. A estos efectos se considerarán los criterios de innovación definidos por la ANII y aquellos organismos que pudieran resultar idóneos de acuerdo con la necesidad a resolver.

   ii) Adecuación de la propuesta de solución a las especificaciones funcionales y técnicas demandadas.

   iii) Evaluación del costo por el ciclo de vida del producto o servicio. El costo por ciclo de vida incluye todos los costos que pueden surgir durante el ciclo de vida del producto -el coste de compra y todos los costes asociados con su funcionamiento y hasta su disposición final. Las externalidades -positivas y negativas- relacionadas con el producto deberán incluirse en la evaluación del costo antes referido.

   iv) Participación y/o generación de capacidades nacionales en la innovación.

   v) Escalabilidad y sostenibilidad de la solución propuesta, incluyendo su potencial de réplica y sostenibilidad técnica y financiera en el tiempo.
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