DECLARACION DE PLAGA NACIONAL. PIOJERA OVINA




Promulgación: 09/04/1997
Publicación: 17/04/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 737
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.747 de 24/05/1996.

CAPITULO I - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3

   La Dirección de Laboratorios Veterinarios "Miguel C. Rubino" procederá
a la suspensión del registro del o los específicos piojicidas cuando las
condiciones epidemiológicas así lo requieran y a solicitud de la Dirección
de Sanidad Animal (Art. 8 de la ley Nº 16.747).
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