ADMINISTRACION DE JUSTICIA. RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA. TRANSFERENCIA DE CREDITOS PRESUPUESTALES Y BIENES DEL EX MINISTERIO DE JUSTICIA




Promulgación: 13/02/1986
Publicación: 19/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la ley 15.751, de 24 de junio de 1985, que suprime el 
Ministerio de Justicia.

   Resultando: que en la misma se encomienda al Poder Ejecutivo la redistribución de créditos presupuestales, funcionarios y bienes al Poder Judicial y al Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

   Considerando: I) Que a fin de dar cumplimiento a la ley 15.751, es menester proceder a una nueva redistribución de créditos presupuestales, funcionarios y bienes;

   II) Que se han celebrado los Acuerdos correspondientes con la Suprema corte de Justicia y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo que se recogerán en este decreto.

   Atento: a lo estalecido por la ley 15.751, (artículos 5° y 6°) decreto 260/985, de 2 de julio de 1985 y a los Acuerdos celebrados entre el Poder Ejecutivo y al Suprema Corte de Justicia y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo;

   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                             DECRETA:

Artículo 1

   Amplíase la excepción establecida en el artículo 1° del decreto 384/985, de 17 de julio de 1985, en el sentido de incluir al funcionario José Negreira Barrán (Auxiliar III, Escalafón Ad, 07, contrato zafral sin término).

Artículo 2

   Transfiérese del Inciso 14, ex-Ministerio de Justicia, al Inciso 19, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, la propiedad del siguiente inmueble: Solar de terreno con el edificio en él construido, sito en la Primera Sección Judicial del departamento de Montevideo, empadronado con el N° 5318, con frente a la calle Mercedes 957/59/61.

Artículo 3

   Transfiérese del Inciso 14, al Inciso 19, la propiedad de los siguientes automóviles: a) Vehículo marca Volkswagen, modelo Passat LSE 323, año 1981, padrón 312.245, N° de motor BS107057 N° de Chasis BU058528, de 16 HP, matriculado con el N° P.J.7212;
   b) Vehículo marca Volkswagen, modelo Passat LSE323, año 1981, padrón N° 312.242, N° de motor BS107796, N° de Chasis BU058567, de 16 HP, matriculado con el N° P.J. 7217;
   c) Vehículo marca Volkswagen, modelo Passat LSE 323, año 1981, padrón N° 312.249, motor N° BS108044, N° de Chasis BU058596, de 16 HP, matriculado con el N° P.J. 7216;
   d) Vehículo marca Volkswagen, modelo Passat LSE 323, año 1981, padrón 312.244, motor N° BS106339, N° de Chasis BU058553, de 16 HP, matriculado con el N° P.J.7214
   e) Vehiculo marca Volkswagen, modelo Passat LSE 323, año 1981, padrón 312.248, motor N° BS107736, N° de Chasis BU058598, se 16 HP, matriculado con el N° P.J. 7215 y
   f) Vehículo marca Ford, modelo Corcel II LDO Belina, año 1981, padrón N° 296140, motor 59.134, Chasis N° LBUPZP59134, de 15 HP, matriculado con el N° P.E. 84.50.

Artículo 4

   Redistribúyese al Inciso 16, Poder Judicial, al funcionario perteneciente al ex-Ministerio de Justicia, Programa 1.01, Unidad Ejecutora 03, Servicios Administrativos de Apoyo a la Justicia Administrativa señor José Negreira Barrán, Auxiliar III, Esclafón Ad 07.

Artículo 5

   Transfiérese del Inciso 14, ex-Ministerio de Justicia al Inciso 16, Poder Judicial, lo créditos presupuestales del Programa 1.01 del Inciso 14, Renglón 3.00.890 Arrendamiento N$ 295.989,60 (nuevos pesos doscientos noventa y cinco mil novecientos ochenta y nueve con sesenta cts.)

Artículo 6

   Transfiérese al Inciso 16, Poder Judicial, la propiedad de los siguientes inmuebles: Padrón N° 1440, ubicado en la Ciudad de Carmelo, sexta Sección Judicial del departamento de Colonia, cuya primera copia de escritura fuera inscripta en el Registro Departamental de Traslaciones de Dominio de Colonia con el número 1165 al folio 1805 del Libro 70;
   b) Padrón N° 2975, ubicado en la ciudad de Santa Lucía, segunda 
Sección Judicial del departamento de Canelones, cuya primera copia de escritura fuera inscripta en el Registro Departamental de Traslaciones de Dominio de Canelones con el número 777 al folio 1149 del Libro 1; 
   c) Padrón N° 12, ubicado en la ciudad de Fay Bentos, primera Sección Judicial del departamento de Río Negro, cuya primera copia de escritura fuera inscripta en el Registro Departamental de Traslaciones de Dominio 
de Río Negro con el número 23 al folio 30 del Libro 78;
   d) Padrón N° 1041, ubicado en la primera Sección Judicial del departamento de Paysandú, cuya primera copia de escritura fuera inscripta en el Registro Departamental de Paysandú con el número 2 al folio 3 del Libro II/85;
   e) Padrón 1170, ubicado en la ciudad de Pando, séptima Sección Judicial del departamento de Canelones;
   f) Padrón N° 624, ubicado en la primera Sección Judicial del departamento de San José;
   g) Padrón N° 1209, ubicado en la ciudad de Melo, Primera Sección Judicial del departamento de Cerro Largo y
   h) Padrón N° 1430/101, ubicado en la Primera Sección Judicial de la ciudad de Florida, departamento del mismo nombre.


Artículo 7

   Comuníquese, etc.-

SANGUINETTI - CARLOS MANINI RIOS - MARIO C. FERNANDEZ - LUIS MOSCA - JOSE 
MA. ROBAINA ANSO - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI - CARLOS JOSE PIRAN - 
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - ROBERTO VAZQUEZ PLATERO 
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