APROBACION DEL REGIMEN DE CALIFICACION DE FUNCIONARIOS DE LA DGSS




Promulgación: 22/03/1983
Publicación: 13/04/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 494
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DEL REGIMEN DE CALIFICACIONES
SECCION III - ELEMENTOS DE EVALUACION Y CALIFICACION

Artículo 19

   (Graduación de la Evaluación). La evaluación de la actuación de los
funcionarios efectuada por el supervisor y el jerarca inmediato de éste,
se concretará mediante la determinación del grado que más se aproxime,
según aquella, a la escala siguiente:

 GRADO A) Superior a la media normal;
 GRADO B) Equivalente a la media normal;
 GRADO C) Inferior a la medía normal;

En el caso de que la evaluación con relación a los factores y cualidades
establecidas en el artículo anterior, resulte en los grados A) o C), se
deberá fundamentar expresamente las razones que motivan dicha apreciación.
 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 23.
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