Artículo 20), inciso 2º), en la parte que exigen que los folletos
explicativos sean "exclusivamente pedagógicos" anulado por sentencia del
Tribunal de lo Contencioso Administrativo con efectos generales y
absolutos: Sentencia TCA Nº 373/998 de 27/05/1998.
Artículo 68
Servicios Agropecuarios.- Los contribuyentes del apartado d) del artículo 1° de este decreto tributarán el impuesto por todos los servicios prestados con excepción de los comprendidos en el artículo precedente.