Fecha de Publicación: 16/05/1990
Página: 398-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 56

   Obra Paso Severino.- Las importaciones realizadas por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), entidad ejecutora del Programa Paso Severino, de los bienes referidos en el decreto 31/984 de 13 de enero de 1984, están exoneradas del Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con lo dispuesto por la citada norma.
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