Fecha de Publicación: 16/05/1990
Página: 398-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 32

   Decreto 296/981.- La exoneración otorgada a las empresas cuya actividad industrial sea declarada de interés nacional, no comprende el Impuesto al Valor Agregado en cuanto a la importación de equipos necesarios para el proyecto competitivos de la industria nacional, de acuerdo a lo dispuesto por el literal b) del artículo 1° del decreto 521/977 de 14 de setiembare de 1977, en la redacción dada por el artículo 1° del decreto 296/981 de 1° de julio de 1981.
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