Artículo 20), inciso 2º), en la parte que exigen que los folletos
explicativos sean "exclusivamente pedagógicos" anulado por sentencia del
Tribunal de lo Contencioso Administrativo con efectos generales y
absolutos: Sentencia TCA Nº 373/998 de 27/05/1998.
Artículo 110
Servicios Personales.- Los contribuyentes incluidos en el literal b)
del artículo 1º liquidarán el impuesto de conformidad con el artículo 106
precedente, pero podrán pagar el tributo del ejercicio por trimestres
vencidos.