Fecha de Publicación: 16/05/1990
Página: 398-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 104

   Documentación.- La documentación de las operaciones gravadas y exentas de la actividad agropecuarias se regirá por lo dispuesto en el decreto 599/988 de 21 de setiembre de 1988.
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