Fecha de Publicación: 09/09/2011
Página: 622-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 305/011

Inclúyense en el Decreto 465/008, las prestaciones a que refiere el "Plan
de Implementación de Prestaciones en Salud Mental en el Sistema Nacional
Integrado de Salud".
(1.610*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

                                          Montevideo, 23 de Agosto de 2011

VISTO: lo dispuesto por el Artículo 45 y el Literal B) del Artículo 51 de
la Ley N° 18.211 de 5 de diciembre de 2007;

RESULTANDO: que el Ministerio de Salud Pública aprobó el "Plan de
implementación de prestaciones en salud mental en el Sistema Nacional
Integrado de Salud", el que incluye nuevas prestaciones que deben ser
incorporadas al Catálogo de Prestaciones aprobado por el Decreto N°
465/008 de 3 de octubre de 2008;

CONSIDERANDO: I) que la prevalencia de los trastornos mentales, que
contribuyen a la morbilidad, discapacidad y hasta la mortalidad prematura,
es muy alta a nivel mundial;

II) que pese a dicha prevalencia y sus consecuencias, existe una brecha
significativa entre las necesidades terapéuticas de la población y los
servicios a los que puede acceder para satisfacerlas;

III) que la salud mental es una prioridad de la segunda etapa de la
Reforma de Salud, centrada en la profundización de la misma, que incluye
el acceso a prestaciones de calidad oportunamente brindadas;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Inclúyense en el Anexo I del Catálogo de Prestaciones aprobado por el
Decreto N° 465/008 de 3 de octubre de 2008, aquellas a las que refiere el
"Plan de Implementación de Prestaciones en Salud Mental en el Sistema
Nacional Integrado de Salud", aprobado por el Ministerio de Salud Pública,
que como Anexo se acompaña y se considera parte integrante de presente
Decreto.

Artículo 2

 Los prestadores integrales del Sistema Nacional Integrado de Salud
deberán brindar a su población usuaria las prestaciones a que refiere el
Artículo 1 del presente Decreto, en las formas, tiempos y condiciones que
se determinan en el Anexo citado en el mismo.

Artículo 3

 Las prestaciones a que refiere el Artículo 1 del presente Decreto, se
financiarán a través del incremento de cuota salud y, en su caso, el cobro
de tasas moderadoras, según lo determine el Poder Ejecutivo.

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS ALMAGRO;
FERNANDO LORENZO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; RICARDO EHRLICH; ENRIQUE
PINTADO; ROBERTO KREIMERMAN; EDUARDO BRENTA; JORGE VENEGAS; TABARÉ
AGUERRE; HÉCTOR LESCANO; GRACIELA MUSLERA; DANIEL OLESKER.

                                  ANEXO

                          PLAN DE IMPLEMENTACIÓN
                                    DE
                             PRESTACIONES EN
                            SALUD MENTAL EN EL
                                 SISTEMA
                          NACIONAL INTEGRADO DE
                                  SALUD

INTRODUCCIÓN

Este Plan se enmarca en el contexto de la Reforma del Estado y en la
profundización de la Reforma Sanitaria.
Desde el año 2005 nuestro país se aboca a cursar una reforma en su Sistema
de Salud, la cual toma cuerpo a partir de un conjunto de normas desde el
año 2007, pudiendo ser considerada como la más importante de su historia.
Los principios rectores de la misma procuran asegurar en forma universal y
equitativa los servicios que garanticen respuestas satisfactorias a las
necesidades de salud de la población.
Es primordial mejorar la accesibilidad a todos ellos, de forma tal que
cada cual reciba atención de calidad de acuerdo a sus necesidades y no a
su capacidad económica. Así se tiende a salvar diferencias injustas y
evitables, principio fundamental para lograr la equidad.
En ese sentido el Ministerio de Salud Pública (MSP) ha iniciado una
reestructura creando en el último año el Departamento de Programación
Estratégica en Salud (DPES), orientado a que los programas de salud sean
verdaderas herramientas de transformación sanitaria.
De dicho Departamento depende el Área de Promoción y Prevención en Salud
(APROPYEN), dentro del cual se enmarca el Programa Nacional de Salud
Mental (PNSM), al cual este Ministerio ha considerado como uno de sus
programas prioritarios.
El concepto de Salud Mental es inseparable del concepto de Salud Integral.
Si bien tiene su especificidad en cuanto a sus formas de abordaje y
comprensión, es parte indisoluble del mismo. En este sentido, desde una
concepción integral, todos aquellos aspectos vinculados con la Salud
Mental deben incluirse en las diferentes formas de abordaje.
Se propone entonces como objetivo para el final del período, poder contar
en todos los efectores integrales con un abanico de prestaciones en Salud
Mental, accesibles a los usuarios del sistema. Estas prestaciones se
integrarán al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) a partir de
setiembre de 2011, con carácter obligatorio para todos los prestadores
integrales, de acuerdo con el presente Plan.

ANTECEDENTES

La Salud Mental a lo largo de la historia de la humanidad ha estado
atravesada por grandes desigualdades e inequidades, producto de diversos
prejuicios y de las diferentes concepciones que dificultaron el acercarse
a un entendimiento de las problemáticas inherentes. Exige entonces un alto
grado de compromiso y de participación de todos los sectores involucrados.
En nuestro país el Plan Nacional de Salud Mental, aprobado en el año 1986
fue promovido por un amplio movimiento desde múltiples sectores de la
población organizada (grupos de familiares de personas con trastornos
mentales, Universidad de la República (UDELAR), sociedades científicas y
gremiales). De éste surgen la Comisión Asesora Técnica Permanente (CATP) y
el Programa Nacional de Salud Mental (PNSM).
Asimismo, el organismo rector (MSP) del cuál emanan los lineamientos
programáticos, trabaja conjuntamente con la Comisión Honoraria del
Patronato del Psicópata creada en 1948, para dar un cuerpo de normas para
el bien de los enfermos mentales.
A partir de 1996 la Administración de los Servicios de Salud del Estado
(ASSE -MSP) desplegó un plan de desarrollo nacional a través de los
Centros de Salud y Equipos de Salud Mental (ESM), lográndose resultados
disímiles, dependiendo en general de iniciativas aisladas ya que actuaron
escindidos dentro del sistema sanitario.
En el año 2005 se crea la Coordinación de Salud Mental de ASSE-MSP
responsable de operativizar el Plan. Se plantean desarrollos coordinados y
acciones en conjunto con el resto del sistema, considerándose que el PNSM
transversaliza a todos los programas prioritarios que se van definiendo.
En el Documento Programático de la CATP del PNSM, del mismo año, junto a
las transformaciones en la asistencia a los enfermos mentales y en salud
mental articuladas por ese programa, se puntualiza la problemática
histórica (marginación masiva de los enfermos mentales y el retraso en
incorporar recursos de psicoterapia y psicosociales). De igual modo, la
prevalencia de "fin de siglo", las situaciones de violencia, el consumo
riesgoso de sustancias psicoactivas, sus consecuencias y complicaciones y
las nuevas modalidades de padecimiento en la vida cotidiana.
Los desarrollos del PNSM deberán incorporarse al Sistema Nacional Integral
de Salud (SNIS) al que el país se encuentra abocado, de acuerdo a los
cambios en el modelo de atención y de gestión y siguiendo los principios
rectores de universalidad, accesibilidad, equidad, calidad de la atención,
promoción y prevención integral a través del trabajo en equipos
interdisciplinarios.
Dado que la salud mental es uno de los componentes de la salud integral de
las personas, dentro del cambio de modelo resultan imprescindibles las
acciones en Salud Mental, siendo condición necesaria priorizar y articular
las mismas en el primer nivel de asistencia, con criterios de
complementariedad, integración y coordinación con el resto de los actores
del sistema, a fin de mejorar la calidad de la atención, su eficacia y
eficiencia.
Dentro de las áreas de desarrollo, percibidas como de importancia para el
PNSM, se destacan:
- Las acciones de las áreas de prevención y promoción en Salud Mental, que
contribuyan a vencer la discriminación de la que son objeto las personas
con trastornos mentales y la detección precoz de las patologías,
priorizando las acciones tendientes a evitar el surgimiento de las mismas.
- La atención de personas con trastornos mentales, con énfasis en la
rehabilitación, superando el modelo tradicional discriminatorio, cautelar
y asilogénico, procurando un nuevo modelo, evitando el hospitalismo,
integrándola a su medio.
En el año 2007, siguiendo los lineamientos programáticos se profundizan
los desarrollos principalmente por el efector público ASSE.
Como resultado del Grupo de trabajo N° 6 de la CATP (Intervenciones
Psicosociales y Psicoterapia) se plasman en el mismo año una serie de
recomendaciones acerca de las que constituyen, junto a otros aportes, un
punto de partida fundamental hacia la integración de estos abordajes a los
servicios de salud.

JUSTIFICACIÓN

Un cambio en el modelo de atención como el que plantea el SNIS implica
comprender que la enfermedad no es solo un fenómeno individual y está
directamente vinculada al entorno familiar y social, que puede actuar como
agravante o protector.
De igual modo la forma de entender las diferentes problemáticas, contempla
también la multidisciplina como herramienta válida e indispensable para el
abordaje de las diferentes situaciones de salud y enfermedad sobre las
cuales sea necesario intervenir.
De acuerdo con los principios rectores consensuados, la Salud Mental como
un derecho humano fundamental y -por tanto- las intervenciones
psicosociales y la psicoterapia y otras formas de preservarla o
recuperarla como derechos deben estar accesibles a todos los ciudadanos.
Un abanico de prestaciones en Salud Mental, con accesibilidad para todos
los usuarios, no solo es esperable que repercuta en esta área, sino que
logre cambios en diferentes aspectos de la conducta, tanto en la mente
como en el cuerpo y en el mundo externo, beneficiándose no solamente la
persona, sino la familia, la sociedad y el resto del sistema de salud.
Así, estas prestaciones permitirán descomprimir los requerimientos en
otros niveles de atención que resultan muy onerosos. Esto además de
acompañarse de un ahorro en el gasto, repercute en todo aquello que
implica el beneficio de poder promover actitudes saludables, de
responsabilidad y compromiso en los diferentes ámbitos. De esta forma se
produciría una baja de costos y ahorro en el gasto social.
Hasta la fecha el paquete de prestaciones obligatorias en Salud Mental que
integra el Plan Integral de Asistencia en Salud (PIAS), de acuerdo a lo
consignado en el Catálogo de Prestaciones, no considera los abordajes aquí
planteados.
A instancias de las Direcciones del PNSM del último período, se trabajó
hacia la incorporación de estas nuevas prestaciones en Salud Mental
siguiendo los principios de la Reforma.
A punto de partida de las producciones previas, en el año 2010, comienza a
elaborarse el presente Plan. Se tomó como base el documento sobre
psicoterapias elaborado por la CATP, las experiencias de las Facultades de
Medicina y Psicología y otras del campo internacional.
En este Plan se trata la implementación de algunas intervenciones
psicosociales y abordajes psicoterapéuticos, en el entendido que éstos se
basan en la relación profesional y humana de uno o varios usuarios con uno
o varios técnicos utilizando determinados procedimientos psicológicos y
conocimientos sobre el psiquismo para promover cambios, buscando aliviar
un sufrimiento o favorecer el desarrollo de la persona y de sus vínculos.
Se han encontrado algunas dificultades en la concreción del proyecto que
se venía gestando desde tiempo atrás, vinculadas a lo que tiene que ver
con los escasos antecedentes en nuestro país y en el resto del mundo. Se
debió por tanto, revisar bibliografía y formas de instrumentación en otros
lugares con los cuales pudiera establecerse algún punto de comparación con
relación al sistema de salud.
Se convocó a reuniones de expertos para recabar la opinión de autoridades
en la materia o referentes calificados, el conocimiento de las buenas
prácticas basadas en la evidencia, la búsqueda de acuerdo de criterios, la
fijación de prioridades y la revisión bibliográfica, lo que posibilitó la
elaboración de los documentos preliminares de éste Plan. En ese sentido,
también se realizaron coordinaciones estrechas intrainstitucionales (con
otros Programas y otros sectores del MSP), interministeriales (Ministerio
de Economía y Finanzas) e interinstitucionales (con UDELAR, Federación
Uruguaya de Psicoterapia-FUPSI, Coordinadora de Psicólogos del
Uruguay-CPU, Sociedad de Psiquiatría del Uruguay-SPU y otras).
Si bien pocos son los datos sobre los requerimientos de estas
prestaciones, existe la detección, a través de la evidencia constatada por
referentes con gran experiencia, por las demandas de servicios realizadas
por parte de usuarios y por la percepción de los trabajadores de la salud,
de la existencia de la necesidad insatisfecha carente de respuestas
universalizadas.
Por ende, se diseñaron las prestaciones que se incluyen en el Plan, con
base en las diversas experiencias recabadas, así como de otras existentes
tanto a nivel público como privado.
A modo de ejemplo de diversos abordajes psicoterapéuticos podemos citar el
Servicio de Psicoterapia del Hospital de Clínicas, el cual funciona desde
hace 23 años, el de la Clínica Pediátrica del Hospital de Niños y otros
dentro de la órbita de la Facultad de Medicina y Psicología. Existen
también algunas experiencias en modalidad individual y grupal a nivel de
los ESM de ASSE, el convenio por el sistema de Asistencia Integral del MSP
con la Facultad de Psicología, la atención en Policlínicas de la
Intendencia de Montevideo (IMM) y barriales y escasas experiencias en las
Instituciones de Asistencia Médica Colectiva (IAMC) y en empresas. La
Coordinadora de Psicólogos del Uruguay (CPU) cuenta asimismo con un
servicio de aranceles sociales diferenciales.
Es importante destacar que este tipo de prestaciones en nuestro país salvo
las citadas anteriormente en las instituciones públicas, requieren de un
pago y se han vinculado en forma mayoritaria al ámbito particular,
resultando por tanto de baja accesibilidad para la mayoría de la
población.
Resultará de gran importancia su implementación y monitoreo permitiendo
obtener datos epidemiológicos, siendo estos un insumo de gran relevancia
para el país. Permitirán realizar mediciones de impacto así como hacer el
seguimiento y adecuación a las nuevas necesidades que pudieren surgir.
Corresponde enfatizar que este plan implica un campo dinámico y por tanto
estará sujeto a las renovaciones que fueren necesarias, con el fin de dar
respuestas adecuadas y de calidad adaptadas a las posibilidades de cada
momento.

FIJACIÓN DE PRIORIDADES

La prevalencia de los trastornos mentales a nivel mundial es muy alta.
Estos trastornos contribuyen a la morbilidad, discapacidad y hasta la
mortalidad prematura.

Estudios epidemiológicos muestran diferentes tasas de prevalencia, pero se
calcula que una de cada cuatro personas padece uno o más trastornos
mentales o del comportamiento a lo largo de la vida.

Si se discriminan adultos de niños, en éstos últimos la prevalencia oscila
entre el 10 y 15% referida a trastornos que pueden llegar a instalarse en
forma permanente, de no tener un abordaje temprano y eficaz.

Pese a esto, existe una brecha significativa entre las necesidades
terapéuticas de estas poblaciones y la falta de atención a las mismas; y
si nuevamente discriminamos entre adultos, y niños y adolescentes, en
estos últimos la brecha es aún mayor. Esto pone de relieve que los
servicios de salud no están brindando respuesta adecuada y efectiva a la
demanda y que la atención a los grupos vulnerables o en riesgo con
necesidades especiales requiere de una consideración prioritaria.

Los factores de riesgo y de protección se han identificado en las
diferentes etapas de la vida y muchos de ellos pueden modificarse.

Las terapéuticas en trastornos mentales se equiparan hoy a los mejores
niveles de la medicina y están fuertemente comprobadas, lo que justifica
su inclusión en las prestaciones.

La inclusión de estas prestaciones y modalidades de acción terapéutica
dentro del SNIS implica:

1.     Abordar la integralidad de la salud en las diferentes franjas
       etarias, con las especificidades correspondientes a la niñez y
       adolescencia y por otra parte al adulto, incluyendo los aspectos
       instrumentales, psicológicos y sociales.

2.     Que la atención psicológica es un derecho que progresivamente debe
       integrarse a las prestaciones universales de salud.

3.     Priorizar el primer nivel de atención actuando sobre los factores
       de riesgo y las poblaciones vulnerables.

4.     Actuar sobre aquellas situaciones más frecuentes para contribuir a
       facilitar el desarrollo saludable de niños, adolescentes y jóvenes.

5.     Poner el acento en aquellos motivos de consulta más frecuentes en
       la infancia y adolescencia cuya atención puede actuar como
       prevención de situaciones posteriores de exclusión, violencia y/o
       muerte prematura.

6.     Poner el acento en aquellos colectivos que pueden ser
       multiplicadores de salud.

PROPÓSITO

Contribuir a mejorar la situación de salud de la población del país a
través de la implementación de nuevas prestaciones en salud mental para el
período 2011-2015.

OBJETIVO GENERAL

Realizar intervenciones psicosociales y el abordaje psicoterapéutico de la
población usuaria con necesidades en el área de salud mental
correspondiente a todos los efectores integrales del país, a través de la
implementación de nuevas prestaciones, a partir de setiembre de 2011.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Se describen los objetivos específicos correspondientes a las Etapas de
Ejecución (Nuevas Prestaciones) y de Evaluación del Plan.

NUEVAS PRESTACIONES

La población usuaria comprende a los niños, adolescentes y jóvenes y
adultos de todos los efectores integrales del país.

Se distinguen tres MODOS de abordaje.

Por razones prácticas se describen por separado los objetivos
concernientes a jóvenes y adultos por una parte, y a niños y adolescentes
por otra.

Se toman como criterio que: la niñez comprende a los menores de 10 años;
la adolescencia las franjas etarias de 10 a 14 años inclusive y de 15 a
19; la juventud de 20 a 25 años inclusive y a partir de esta edad los
adultos.

            OBJETIVOS ESPECÍFICOS, POBLACIÓN OBJETIVO, METAS Y
                               METODOLOGÍA

                                 ADULTOS

Los prestadores integrales deberán asegurar:

En el MODO 1 la atención en grupo con carácter gratuito y hasta 16
sesiones anuales para cada usuario.

En el MODO 2 asegurarán la atención individual, de pareja, familia o
grupal, hasta 48 sesiones anuales para cada usuario y con un copago
preestablecido.

En el MODO 3 asegurarán la atención individual y/o grupal, hasta 48
sesiones anuales para cada usuario, con un copago menor al establecido en
el modo 2. La prestación podrá renovarse hasta 144 sesiones.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Objetivo Específico 1:

Realizar intervenciones grupales (MODO 1)

Estas intervenciones grupales estarán dirigidas a las siguientes
poblaciones objetivo:

1.     Familiares o referentes afectivos de personas con Uso Problemático
       de Sustancias (cocaína, pasta base de cocaína).

2.     Familiares de usuarios que tengan diagnóstico de Esquizofrenia o
       Trastorno Bipolar Grave (F20 o F31 respectivamente según la
       clasificación CIE 10).

3.     Usuarios que hayan sufrido la muerte inesperada de un familiar
       (suicidio, accidente, muerte en la infancia o adolescencia
       temprana).

4.     Usuarios que tengan un familiar o un vínculo cercano, que haya
       realizado intento de autoeliminación (IAE) en el último año.

5.     Personas en situación de violencia doméstica.

6.     Docentes de enseñanza primaria que consulten por temáticas
       vinculadas a su actividad laboral.

7.     Docentes de enseñanza secundaria y técnica que consulten por
       temáticas vinculadas a su actividad laboral.

8.     Personal de la salud, que consulte por temáticas vinculadas a su
       actividad laboral.

METAS

Asegurar la atención grupal del 100% de las poblaciones descriptas en el
objetivo 1, a partir del 1° de setiembre de 2011.

METODOLOGÍA

No se admitirán listas de espera para el cumplimiento de esta prestación.

Orientaciones

*  De los grupos:

   a)  Serán abiertos a la entrada y salida de participantes (como
       excepción y por razones técnicas fundamentadas se aceptarán grupos
       cerrados).

   b)  El máximo de integrantes será de 15 y estarán a cargo de dos
       técnicos coordinadores (el primer año, período 2011-2012, se
       admitirán grupos con un solo técnico en caso de razones
       justificadas).

*  De los mecanismos de acceso:

   a)  Se accederá libremente o por derivación.

   b)  El coordinador del grupo entrevistará al postulante antes de los 15
       días de efectuada la demanda, pudiendo el usuario comenzar en el
       grupo antes de realizada la entrevista.

   c)  Si el coordinador entendiera que no es pertinente su inclusión en
       el Modo 1 lo derivará al comité de recepción o según considere.

   d)  Estas derivaciones podrán hacerse también al finalizar el número de
       sesiones estipuladas.

*  De los técnicos que brindan la prestación:

   a) Uno de los coordinadores deberá tener título universitario de
      Psicólogo o Psiquiatra y contar con experiencia específica
      documentada en abordajes psicoterapéuticos grupales.

   b) El otro coordinador contará con una formación de grado en Medicina
      o Psicología y en algunas temáticas se admitirán egresados de otras
      profesiones tales como Enfermería, Servicio Social y Operadores
      Terapéuticos.

*  De los usuarios:

El usuario no podrá ingresar en un nuevo grupo del mismo Modo hasta
no terminar su participación en el que ya se encuentra inscripto.

Objetivo Específico 2:

Brindar atención psicoterapéutica individual, de pareja, familia o grupal
(MODO 2)

Estará dirigida a las poblaciones objetivo siguientes:

1.     Usuarios con IAE.

2.     -Usuarios adolescentes y jóvenes a partir de los 15 años hasta los
       25 años de edad inclusive y,

- Docentes de enseñanza inicial, preescolar, primaria y de los Centros de
Atención Integral a la Infancia y la Familia (CAIF), docentes de enseñanza
secundaria y técnica y trabajadores de la salud.

METAS

Asegurar la atención psicoterapéutica individual, de pareja, familia o
grupal al 100% de las poblaciones descriptas en el objetivo 2, a partir
del 1° de setiembre de 2011.

METODOLOGÍA

Deberá contar con un Comité de Recepción.

Solicitada la prestación el usuario deberá ser recibido por el Comité de
Recepción antes de los 30 días.

Luego de realizada la indicación por este Comité, la institución tendrá 30
días para dar inicio a la prestación.

Se considerará que a partir de enero del año 2013 los plazos anteriormente
mencionados sean hasta 15 días respectivamente.

En caso de IAE, deberá ser recibido por el Comité de Recepción antes de
las 48 horas. Lo resuelto por este último no considerará el plazo de 30
días, iniciándose la prestación, si correspondiera, sin previo tiempo de
espera.

En el caso de usuarios con consumo problemático de sustancias los tiempos
de espera para la entrevista con el Comité de Recepción y para dar inicio
a la prestación no serán mayores a 1 semana respectivamente.

Orientaciones

*  De los abordajes psicoterapéuticos:

   a) Serán individuales, de pareja, familia o grupales de acuerdo a las
      indicaciones del Comité de Recepción.

   b) Los grupos tendrán un máximo de 12 integrantes.

*  De los mecanismos de acceso:

Se accederá a la entrevista con el Comité de Recepción por alguna de las
vías siguientes:

-     Iniciativa del usuario.

-     Derivación desde equipo de salud.

-     Derivación de los coordinadores de grupo del Modo 1.

*  De los técnicos del Comité de Recepción:

Tendrá una integración interdisciplinaria trabajando en equipo:

-     Uno de sus miembros deberá ser Médico Psiquiatra.

-     Otro ser Licenciado en Psicología o Psicólogo.

-     Otro podrá ser Licenciado en Trabajo Social.

-     Todos sus integrantes deberán tener una formación psicoterapéutica
      documentada (posgrado o similar) y sólida experiencia clínica.

*  De los técnicos que brindan la prestación:

   a)  El 70% deberá ser Médico Psiquiatra, Licenciado en Psicología o
       Psicólogo, y contar con una formación específica documentada en el
       campo psicoterapéutico de más de 3 años, y con experiencia en
       psicoterapia.

   b)  Se admitirán hasta un 30% de técnicos con título de Psiquiatra o
       Licenciado en Psicología o Psicólogo y con experiencia en
       psicoterapia (sin formación específica completa).

*  De los usuarios:

   a) En caso de abandono deberá esperar un mínimo de seis meses para
      solicitar nuevamente el ingreso a la prestación.

   b) En caso de finalización de un tratamiento, para solicitar nuevamente
      la utilización de la prestación del mismo Modo, deberá haber
      transcurrido un plazo mínimo de dos años.

   c) Para los casos de IAE no se consideraran los plazos estipulados en
      los puntos a y b.

Objetivo Específico 3:

Proporcionar atención individual y/o grupal (MODO 3)

Esta atención psicoterapéutica estará orientada a la rehabilitación de las
siguientes poblaciones objetivo:

1. Usuarios con Consumo Problemático de Sustancias: cocaína, pasta base de
cocaína.

2. Usuarios con Trastornos Mentales Severos y Persistentes (TMSP).
Comprende a portadores de Psicosis Esquizofrénica y Trastorno Bipolar (F20
y F31).

METAS

Asegurar la atención psicoterapéutica individual o grupal al 100% de las
poblaciones descriptas en el objetivo 3, a partir del 1° de setiembre de
2011.

METODOLOGÍA

Deberá contar con un Comité de Recepción (de acuerdo a las características
descritas en el Modo 2). Solicitada la prestación el usuario deberá ser
recibido por el mismo antes de los 30 días.

Luego de realizada la indicación por el Comité, la institución tendrá 30
días para dar inicio a la prestación.

En el caso de usuarios con Consumo Problemático de Sustancias, los tiempos
de espera no serán mayores de 1 semana.

En el caso de usuarios con TMSP, los mismos deberán contar con un Médico
Psiquiatra de referencia.

Orientaciones

*  De las prestaciones:

   a)  Serán individuales y/o grupales de acuerdo a las indicaciones del
       Comité de Recepción.

   b)  Estarán a cargo de un técnico con formación psicoterapéutica.
       Podrán incluir otros técnicos con formación específica según lo
       requieran las orientaciones.

   c)  Cada grupo tendrá un máximo de 15 integrantes.

   d)  Las frecuencias se adaptarán de acuerdo a las necesidades de cada
       plan terapéutico, con un mínimo de una sesión semanal.

   e)  Se podrá renovar los tratamientos de usuarios que requieran mayor
       tiempo que el estipulado en este Modo.

*  De los mecanismos de acceso:

Se accederá a la entrevista con el Comité de Recepción siguiendo alguna de
las siguientes vías:

-     Por iniciativa del usuario.

-     Derivación del Equipo de Salud.

-     Derivación de los coordinadores de grupo del Modo 1 o 2.

*  De los técnicos del Comité de Recepción:

     Según descripción efectuada en Modo 2.

     Deberán además evaluar y resolver la renovación de la prestación.

*  De los técnicos que brindan la prestación:

   a) Deberán ser Médico Psiquiatra o Licenciado en Psicología o
      Psicólogo.

   b) Contar con una formación específica documentada en el campo
      psicoterapéutico de más de 3 años y experiencia en psicoterapia.

   c) Podrán incluir otros técnicos con formación específica de acuerdo a
      los requerimientos.

*  De los usuarios:

     En caso de solicitar el reingreso a la prestación luego de abandono,
el mismo deberá considerarse por parte del Comité de Recepción.

                           NIÑOS y ADOLESCENTES

En el MODO 1 los prestadores integrales asegurarán la atención en grupo
con carácter gratuito y hasta 12 sesiones anuales para cada usuario.

En el MODO 2 asegurarán la atención individual, grupal o de familia, hasta
24 sesiones anuales para cada usuario y con un copago preestablecido.

En el MODO 3 asegurarán la atención individual y/o grupal, hasta 48
sesiones anuales para cada usuario, con un copago menor al establecido en
el nivel 2.

En situaciones de discapacidad física, mental o trastorno del espectro
autista, la prestación podrá extenderse a 144 sesiones.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Objetivo Específico 1:

Realizar intervenciones grupales, o grupos talleres (MODO 1)

Estas intervenciones grupales o grupos talleres estarán dirigidas a las
siguientes poblaciones objetivo:

1.  Padres (o familiares) con hijos en edad pre-escolar, escolar y
    adolescente (grupos-talleres de orientación en desarrollo y crianza).

2.  Padres (o familiares o referentes afectivos) con hijos con
    discapacidad mental, física o trastornos del espectro autista.

3.  Adolescentes (Espacios de intercambio).

4.  Embarazadas primerizas.

5.  Puérperas primerizas y/o pareja parental primeriza.

6.  Madres dentro del primer año posparto con indicios de depresión.

7.  Educadores y cuidadores de niños de la primera infancia
    (Grupos-talleres de orientación).

9.  Niños con dificultades en la inserción escolar.

10. Niños con indicación de intervenciones quirúrgicas (psicoprofilaxis
    quirúrgica).

METAS

Asegurar la atención grupal del 100% de las poblaciones correspondientes
del objetivo 1, a partir del 1° de setiembre de 2011.

METODOLOGÍA

No se admitirán listas de espera para el cumplimiento de esta prestación.

Para madres dentro del primer año posparto con indicios de depresión y
niños que requieran un abordaje de psicoprofilaxis quirúrgica, la
prestación podrá brindarse en forma grupal o individual, incluyéndose
dispositivos para la atención domiciliaria de ser necesario.

Orientaciones

*  De los grupos:

   a) Serán abiertos a la entrada y salida de participantes (como
      excepción y por razones técnicas fundamentadas se aceptarán grupos
      cerrados).

   b) El máximo de integrantes será de 15 y estarán a cargo de dos
      técnicos coordinadores (el primer año, período 2011-2012, se
      admitirán grupos con un solo técnico en caso de razones
      justificadas).

*  De los mecanismos de acceso:

   a) Se accederá libremente o por derivación de cualquier técnico de la
      institución.

   b) El coordinador del grupo entrevistará al postulante antes de los 15
      días de efectuada la demanda, pudiendo el usuario comenzar en el
      grupo antes de realizada la entrevista.

   c) Si el coordinador entendiera que no corresponde su inclusión en el
      Modo 1 lo derivará:

      -     al Técnico de la institución pertinente, o

      -     al Comité de Recepción (para inclusión en el Modo 2 o Modo 3,
            de adultos o niños según corresponda).

   d) Estas derivaciones podrán hacerse también al finalizar el número de
      sesiones estipuladas.

*     De los técnicos que brindan la prestación:

   a) Al menos uno de los coordinadores deberá contar con título
      universitario de Psiquiatra o Psicólogo y una formación específica
      documentada en el trabajo grupal de alguna de las disciplinas de la
      Salud Mental.

   El otro coordinador contará con una formación de grado en Medicina o
Psicología y en algunas temáticas se admitirán otros técnicos tales como
Licenciados de Enfermería o de Trabajo Social y Operadores Terapéuticos
con formación específica en las temáticas en que participen.

*  De los usuarios:

De necesitar la inclusión a más de un grupo, los coordinadores evaluarán
antes del comienzo la pertinencia del ingreso y/o la derivación a otro
Modo.
En el caso de usuario adulto solo se permitirá la pertenencia a un grupo.

Objetivo Específico 2:

Brindar atención psicoterapéutica individual, grupal o de familia (MODO 2)

Esta atención psicoterapéutica individual, grupal o de familia estará
dirigida a las poblaciones objetivo siguientes:

1. Madres deprimidas en el primer año de vida del niño.

2. Niños y adolescentes con dificultades de aprendizaje.

3. Niños y adolescentes con problemas situacionales y/o adaptativos:
situaciones de violencia, abandono, pérdida de un familiar cercano o
referente afectivo, separación de los padres, migración, dificultades de
relación con pares, portadores de enfermedades orgánicas crónicas e hijos
de personas con enfermedades mentales severas y/o adicciones.

4. Niños que tengan una intervención quirúrgica de alta complejidad.

5. Niños y adolescentes con IAE.

METAS

Asegurar la atención psicoterapéutica individual, grupal o de familia al
100% de las poblaciones correspondientes a partir del 1° de setiembre del
2011.

METODOLOGÍA

Deberá contar con un Comité de Recepción y al igual que en el Modo 2 de
adultos:

- Recibirá al usuario una vez solicitada la prestación antes de los 30
días.

- Luego de realizada la indicación por este Comité, la institución tendrá
30 días para dar inicio al tratamiento.

- En caso de IAE, deberá ser recibido por el Comité de Recepción antes de
las 48 horas. Lo resuelto por este último no considerará el plazo de 30
días, iniciándose la prestación, si correspondiera, sin previo tiempo de
espera.

Orientaciones

*  De los abordajes psicoterapéuticos:

   a) Serán individuales, grupales o de familia de acuerdo a las
      indicaciones del Comité de Recepción.

   b) Los abordajes individuales estarán a cargo de al menos un técnico
      con experiencia y formación psicoterapéutica. En los grupales o de
      familia estarán a cargo de 2 coordinadores.

   c) Funcionarán en lugares y días fijos (en algún caso justificado en
      el domicilio del paciente).

   d) Cada grupo tendrá un máximo de 10 integrantes.

   e) Se propiciará que los técnicos mantengan entrevistas periódicas con
      padres y educadores.

*  De los mecanismos de acceso:

Se accederá a la entrevista con el Comité de Recepción por alguna de las
siguientes vías:

-     Iniciativa del usuario.

-     Derivación del equipo de salud.

-     Derivación de los coordinadores de grupo del Modo 1.

*  De los técnicos Comité de Recepción:

   a) Tendrá una integración interdisciplinaria trabajando en equipo:

   -  Uno de sus miembros debe ser Psiquiatra Pediátrico.

   -  Otro debe ser Licenciado en Psicología o Psicólogo.

   -  Otro podrá ser Licenciado en Trabajo Social.

   -  Al menos uno de sus integrantes debe tener una formación
      psicoterapéutica documentada (posgrado o similar) y sólida
      experiencia clínica en niños y adolescentes.

   b) Podrá:

   -  Indicar la prestación del Modo que considere pertinente.

   -  Realizar la derivación a equipo de Salud Mental, Psiquiatra,
      Licenciado en Trabajo Social u otro técnico.

   -  Derivar a otras formas de tratamientos especializados en niños.

*  De los técnicos que brindan la prestación:

   a) El 70% deberá ser Médico Psiquiatra, Psiquiatra Pediátrico o
      Licenciado en Psicología o Psicólogo y contar con una formación
      específica documentada en el campo psicoterapéutico de más de 2 años
      y con experiencia en psicoterapia.

   b) Se admitirán hasta un 30% de técnicos con título de Grado en
      Medicina o Licenciado en Psicología, o Psicólogo, o profesional de
      la salud, u operador terapéutico y con experiencia en psicoterapia.

*  De los usuarios:

   a) En caso de abandono del tratamiento se deberá esperar un mínimo de
      tres meses para solicitar nuevamente el ingreso a la prestación.

   b) En caso de finalización de un tratamiento, para solicitar nuevamente
      la utilización de la prestación del mismo Modo, deberá haber
      transcurrido un plazo mínimo de dos años.

   c) Para los casos de IAE no se consideraran los plazos estipulados en
      los puntos a y b.

Objetivo Específico 3:

Proporcionar atención psicoterapéutica individual y/o grupal (MODO 3)

La atención psicoterapéutica individual y/o grupal que incluirá
entrevistas con adultos referentes, tendrá como población objetivo a niños
y adolescentes con:

1.  Dificultades de aprendizaje específicas no resueltas en el Modo
    anterior.

2.  Situaciones de abandono, violencia sexual y/o intrafamiliar no
    resueltas en otros niveles del sistema de salud.

3.  Discapacidad física, mental y trastornos del espectro autista.

4.  Consumo problemático de sustancias psicoactivas (cocaína y pasta base
    de cocaína)

5.  Trastornos disruptivos.

6.  Trastornos del humor.

7.  Trastornos de ansiedad.

METAS

Asegurar el acceso a este modo de prestación al 100% de los usuarios de
las poblaciones descriptas, a partir del 1° de setiembre de 2011.

METODOLOGÍA

Deberá contar con un Comité de Recepción (de acuerdo a las características
descritas en Metodología Modo 2). Solicitada la prestación el usuario
deberá ser recibido por el mismo antes de los 30 días.

En el caso de usuarios con Consumo Problemático de Sustancias, los tiempos
de espera para la entrevista con el Comité de Recepción y para dar inicio
a la prestación no serán mayores de 1 semana respectivamente.

Luego de realizada la indicación por este Comité, la institución tendrá 30
días para dar inicio a la prestación.

Orientaciones

*  De las prestaciones:

   a) Serán individuales y/o grupales de acuerdo a las indicaciones del
      Comité de Recepción.

   b) Estarán a cargo de al menos un técnico con formación
      psicoterapéutica en niños y adolescentes.

   c) Cada grupo tendrá un máximo de 10 integrantes.

   d) Se trabajará con una frecuencia mínima semanal. En los casos en que
      sea necesario tratamientos con varios profesionales, se determinará
      por la necesidad singular de cada caso.

   e) Se propiciará incluir entrevistas con padres y educadores.

   f) Los usuarios con dificultades de aprendizaje, discapacidad física,
      mental y trastornos del espectro autista serán atendidos en equipo
      interdisciplinario o con los técnicos que el Comité de Recepción
      indique (incluye al menos: fonoaudiología, psicopedagogía,
      psicomotricidad, maestra especializada y psicólogo).

*  De los mecanismos de acceso:

   Se accederá a la entrevista con el Comité de Recepción siguiendo
alguna de las siguientes vías:

-     Por iniciativa del usuario o persona a cargo.

-     Derivación de Equipo de Salud Mental.

-     Derivación de los coordinadores de grupo del Modo 1 o Modo 2.

*  De los técnicos del Comité de Recepción

Según descripción efectuada en Modo 2.

Deberán además evaluar y resolver la renovación de la prestación.

*  De los técnicos que brindan la prestación:

   a) Deberán ser Médico Psiquiatra o Licenciado en Psicología o
      Psicólogo.

   b) Contar con una formación específica documentada en el campo
      psicoterapéutico de más de 2 años y experiencia en psicoterapia.

   c) Podrán incluirse técnicos de otras disciplinas que integran el
      equipo interdisciplinario con formación documentada en el área
      específica.

*  De los usuarios:

En caso de abandono se deberá esperar un mínimo de tres meses para
solicitar nuevamente el ingreso a la prestación.

De tratarse de usuarios con discapacidad física, mental y trastornos del
espectro autista, se flexibilizará el cómputo de las inasistencias,
primando el criterio de cuánto perjuicio puede ocasionarle la interrupción
del tratamiento.

                         ORIENTACIONES GENÉRICAS

                      ADULTOS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

*  De los abordajes:

   a) Funcionarán en lugares y días fijos.

   b) Tendrán una duración no inferior a los 40 minutos para los
      abordajes individuales y no menor a los 75 minutos para los
      grupales.

   c) Mantendrán en todos los casos la especificidad de su temática.

   d) Funcionarán con una frecuencia mínima semanal.

   e) Abarcarán un amplio espectro horario comprendiendo fundamentalmente
      tanto el turno matutino como el vespertino.

*  De los mecanismos de acceso:

   a) Se accederá libremente o por derivación.

   b) La prestación estará a cargo del efector al que pertenece el usuario
      que realiza la consulta.

   c) En el caso de prestaciones en modalidad de pareja o familiar al
      menos uno de los usuarios consultantes deberá ser socio del efector
      que da la prestación.

   d) La institución deberá contar en todos los casos con algún técnico
      referente o dispositivo grupal para atender demandas en caso de IAE
      sin tiempo de espera, haciéndose cargo de las necesidades de
      contención del usuario, hasta que efectivamente comience la
      prestación. Lo mismo para los usuarios con uso problemático de
      sustancias (cocaína y pasta base de cocaína).

*  De los técnicos:

   a) En todos los casos los títulos deberán estar debidamente registrados
      y habilitados por el MSP.

   b) En un plazo no mayor a 5 años todos los técnicos deberán tener una
      formación específica y documentada, relativa al campo temático en el
      que intervengan.

   c) Se propiciará que los técnicos que conforman los equipos de trabajo,
      mantengan reuniones periódicas en lo atinente a las tareas.

   d) Deberán realizar coordinaciones con otros técnicos que pudieran
      estar a cargo de la atención de los usuarios especialmente en el
      área de la Salud Mental.

*  De los usuarios:

   a) El usuario no podrá ingresar en un nuevo grupo del mismo Modo hasta
      no terminar su participación en el que ya se encuentra inscripto.

   b) Se podrá solicitar cambio de terapeuta solamente una vez (en caso
      de atención individual, de pareja o familiar) y el mismo deberá
      realizarse no más allá de la tercera entrevista.

   c) El usuario se comprometerá a asistir en los días, hora y frecuencia
      pautada.

   d) En caso de abandono el número de sesiones efectuadas antes del
      mismo será descontado de la unidad ya que cada tratamiento será
      considerado en su totalidad como unidad de tiempo. Las entrevistas
      serán computadas dentro de la unidad de tiempo que implica la
      prestación.

Para los Modos 2 y 3:

-     Tres inasistencias consecutivas o más del 40% de inasistencias a las
      sesiones pautadas en dos meses (salvo justificación realizada en
      tiempo y forma) será considerado como abandono y no como
      finalización del tratamiento.

-     La solicitud de reingreso a la prestación luego de abandono, se
      regirá por los plazos estipulados y deberá considerarse por parte
      del Comité de Recepción.

*  Del Comité de Recepción:

El efector podrá conformar uno o varios Comités que efectuará/n la
recepción de las demandas indistintamente para los diferentes modos. Así,
el usuario que requiera más de una entrevista de recepción, será referido
siempre al mismo Comité.

El Comité:

   a) Tendrá una integración interdisciplinaria trabajando en equipo.

   b) Podrá indicar la prestación del Modo o la derivación que considere
      pertinente.

   c) Deberá evaluar y resolver el reingreso o la renovación de la
      prestación en los casos correspondientes.

   d) Generará instancias de intercambio, seguimiento y otras vinculadas
      a la tarea.

ACTIVIDADES

Las Principales Líneas de Acción estarán dirigidas a:
1.     Promoción de Salud
2.     Prevención Primaria de los Trastornos Mentales
3.     Tratamiento de los usuarios con Enfermedad Mental y su
       Rehabilitación Psicosocial.

Los diferentes campos de acción se encuentran interrelacionados, estando
todos regidos por el principio de prevención.

DISPOSICIONES GENERALES

*  De las modalidades de las prestaciones:

Se propiciará la diversidad teórica y técnica en los tres modos, sin
perjuicio de ajustes periódicos en disposiciones futuras, que se
realizarán en base a la información obtenida y estudios realizados.

*  De las formas de contratación:

Cada institución podrá brindar las prestaciones de los tres modos
utilizando una o más de las siguientes formas:

   a) Con recursos propios.

   b) Complementándose con otros prestadores.

   c) Contratando técnicos en forma individual o equipos técnicos
      públicos o privados que cumplan con los requisitos.

*  De la Comunicación y la Difusión:

Los diferentes medios de comunicación que deberá poner el prestador al
servicio de los usuarios asegurarán información fluida y actualizada.

Es esencial que los usuarios estén debidamente informados sobre las nuevas
prestaciones, de modo que les permita conocer los servicios disponibles,
las indicaciones, las formas y los procedimientos a seguir para el acceso,
características y fines de las prestaciones.

En cada uno de los locales de atención, el prestador utilizará los
espacios de difusión ya acordados con la JUNASA y el MSP, tales como
carteleras y páginas Web.

Asimismo deberá proporcionar información y recibir sugerencias a través de
las Oficinas de Atención al Usuario.

*  De los Registros y la Información:

Cada institución:

*  Llevará registro de los usuarios que participan en los tres modos
   para las diferentes franjas etarias y de las actividades de los Comités
   de Recepción.

*  Seguirá los mecanismos pertinentes de documentación en Historias
   Clínicas consignándose por parte de los técnicos involucrados, las
   diferentes instancias de la prestación.

*  En el caso de los IAE, se hará seguimiento los primeros 6 meses, de
   acuerdo a pautas establecidas al respecto.

*  Enviará la información que se le solicite por parte del organismo
   rector a los efectos de realizar la evaluación permanente de esta
   prestación. Trimestralmente el Sistema Nacional de Información (SINADI)
   deberá recibir la planilla electrónica correspondiente.

*  Facilitará el monitoreo científico por parte del PNSM del MSP, sin
   perjuicio de las actividades de evaluación que la propia institución
   disponga.

*  Observaciones:

Estas nuevas prestaciones no sustituyen a las existentes ni a los plazos
que las regulan.

MONITOREO

Objetivo Específico 1:

Recabar la información para efectuar el monitoreo de las prestaciones.

Objetivo Especifico 2:

Implementar el seguimiento continuo de las prestaciones, para asegurar que
se están ejecutando de acuerdo a lo planificado y evaluar ajustes
pertinentes.

EVALUACIÓN

Los prestadores deberán organizar la forma de seguimiento, investigación y
evaluación interna, para lo cual deberán contar con los RRHH pertinentes
(administrativos, técnicos, profesionales) y con referentes o
consultantes, para supervisión, Ateneos y otras actividades vinculadas.

El prestador presentará al SINADI trimestralmente, en tiempo y forma la
información correspondiente, de conformidad con las disposiciones
vigentes.i

La misma servirá para el monitoreo y evaluación de las nuevas
prestaciones.

Desde el SINADI la información será enviada al PNSM, para futuros estudios
epidemiológicos.

El MSP podrá realizar auditorías cuando lo considere necesario u otra
forma de contralor que resulte pertinente.

Asimismo, podrá citar a reuniones periódicas programadas con los
prestadores integrales, a fin de evaluar conjuntamente el desarrollo de lo
planificado, las posibles contingencias, alternativas y propuestas frente
a las mismas. De igual modo, se plantearán instancias de reunión general
con los representantes de todos los actores involucrados, para evaluar la
marcha del proyecto, promoviendo la participación de los representantes de
usuarios.

Se tendrá especialmente en cuenta la información recabada en el Servicio
de Atención al Usuario del MSP y de los diferentes Servicios de Atención
al Usuario de los efectores. Asimismo las encuestas de satisfacción
realizadas, como indicador de calidad.

Se utilizarán una serie de indicadores para la evaluación de los
componentes del programa: indicadores de estructura para evaluar los
recursos y su desempeño; de proceso, para evaluar el funcionamiento y las
actividades y de resultado en el cumplimiento o no con los objetivos y
metas planteadas.

La valoración del impacto sobre la población en este tipo de programas se
podrá visualizar a más largo plazo.

Los estudios epidemiológicos que se podrán realizar a punto de partida de
los datos registrados posibilitarán algunas medidas del mismo.

La posibilidad de incorporar otras formas específicas de modalidades de
abordajes y la extensión de las prestaciones a más poblaciones quedará
supeditada al resultado de las evaluaciones y a futuros estudios de
viabilidad y sustentabilidad.

El no cumplimiento de lo programado supondrá la aplicación de sanciones
previamente estipuladas en el Contrato de Gestión suscripto entre la
JUNASA y cada uno de los Prestadores Integrales.

RECURSOS HUMANOS

Los recursos para brindar las prestaciones dependerán de las formas de
contratación que establezca cada prestador, debiendo actuar de acuerdo con
las orientaciones.

El prestador, deberá además disponer de los recursos humanos para la
recepción, la administración y la coordinación del servicio.

RECURSOS MATERIALES

Plantas Físicas

Los lugares donde se brinden las prestaciones deberán ser fijos como ya
fue explicitado, pero no necesariamente estar ubicados en locales propios
del prestador.

Recursos Financieros

Se efectuó el cálculo de costos estimativo con aumento de la cuota FONASA.
Se tuvo en cuenta las inferencias realizadas de los promedios con relación
a los índices de prevalencia e incidencia, así como de los
correspondientes a recursos humanos.


		
		Ayuda