MINISTERIO DE JUSTICIA
Fe de erratas publicada/s: 03/09/1980.
Al Ministerio Público corresponde promover las acciones fundadas en los
delitos y faltas.
De acuerdo con el estado de la causa, el Ministerio Público deducirá
acusación o, en los casos del artículo 236, solicitará el
sobreseimiento.
CAPITULO II
Del imputado
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