MINISTERIO DE JUSTICIA
Fe de erratas publicada/s: 03/09/1980.
(Ejercicio de acciones conexas).- Las acciones conexas se ejercitarán
conjuntamente en proceso único, que deberá sustanciarse por el
procedimiento propio del Juez competente para la conexión y decidirse en
una sola sentencia.
SECCION III
De la no acumulación de procesos
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