MINISTERIO DE JUSTICIA
Fe de erratas publicada/s: 03/09/1980.
(Duración de las medidas cautelares).- Las medidas cautelares sobre bienes del imputado y del tercero civilmente responsable, podrán ser decretadas de oficio, en garantía de los gastos procesales e indemnizaciones al Estado (Artículo 350).Ayuda