MINISTERIO DE JUSTICIA
Fe de erratas publicada/s: 03/09/1980.
(Competencia para la revocación de la suspensión condicional).- El Juez de la ejecución será competente para revocar la suspensión condicional de la pena. En los casos de unificación de penas, será competente el Juez de la última sentencia.Ayuda