(Principio de subsanación). - La nulidad por defecto en el
procedimiento queda subsanada si no se reclama su reparación en la misma
instancia que se comete, deduciendo los correspondientes actos de
impugnación.
LIBRO II
Del Proceso de Conocimiento
TITULO I
DE LOS ACTOS PRELIMINARES
CAPITULO I
De la denuncia y el delito flagrante