Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 70

Fíjase en N$ 30.000 (treinta mil nuevos pesos) anuales, la Partida que en
el Programa 20.06, Renglón 721, Llamada 06, tiene asignada la Asociación
Uruguaya de Lucha contra el Cáncer.
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