CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.
Fíjase en N$ 5.000 (cinco mil nuevos pesos) anuales, la subvención establecida por el artículo 26º de la ley 14.252, de 22 de agosto de 1974, a la Asociación Honoraria de Salvamentos Marítimos y Fluviales (ADES).Ayuda