Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 188

Fíjase en N$ 7.000 (siete mil nuevos pesos) anuales, la Partida asignada
en el Programa 1.15 (Elaboración, Supervisión y Coordinación de las
Estadísticas Nacionales" del Inciso 5, Renglón 072 "Compensación por
Tareas Extraordinarias".
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