Fecha de Publicación: 08/09/1975
Página: 433-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 10/09/1975.

Artículo 158

Fíjase en N$ 60.000 (sesenta mil nuevos pesos) la Partida por una sola vez
a partir del Ejercicio 1975, establecida en el artículo 59º de la ley
14.189, de 30 de abril de 1974, destinada a mejoras y reparaciones del
edificio que ocupa el Ministerio de Economía y Finanzas (Programa 1.01).
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