Fecha de Publicación: 14/08/1975
Página: 286-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 19/08/1975, 28/08/1975, 22/10/1975.

Artículo 25

El endoso que figure en un cheque al portador hace al endosante
responsable en los términos de las disposiciones que rigen las acciones
para el cobro del cheque pero no convierte al título en un cheque a la
orden.
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