Fecha de Publicación: 22/10/1975
Página: 126-A
Carilla: 2

FE DE ERRATAS

FE DE ERRATAS

   En el "Diario Oficial" de fecha 19 de agosto de 1975, se publicó Fe de Erratas de la ley 14.412 que establece nuevas normas sobre Cheques.

   En dicha Fe de Erratas, el párrafo referente al artículo 9.o queda anulado.

   A continuación se transcribe el artículo 9.o completo:

   "Artículo 9.o El cheque puede ser a la orden del mismo librador. El cheque no puede ser librado sobre el mismo librador, salvo que se trate de un cheque librado entre distintos establecimientos de un mismo banco. En tal caso este cheque interno no puede ser librado al portador".

   Queda hecha la salvedad.


		
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