AUTORIZACION PARA LA CONSTITUCION DE "SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS COMPLEMENTARIOS DE PREVISION SOCIAL"




Promulgación: 10/08/1984
Publicación: 20/08/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 337
Reglamentada por: Decreto Nº 305/989 de 28/06/1989.
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   Estas Sociedades podrán asociarse entre ellas, cuando sus estatutos así
lo autoricen, requiriéndose el voto conforme de dos tercios de presentes
de sus respectivas Asambleas Generales y la autorización del Poder
Ejecutivo en acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. (*)
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