MODIFICACION A LA LEY ORGANICA MILITAR




Promulgación: 19/07/1984
Publicación: 24/07/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 107

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Ley Nº 14.747 de 28/12/1977 
artículos 25, 35, 39, 42, 44, 53, 55, 66, 92 y 109.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Ley Nº 14.747 de 28/12/1977 
artículo 36.

Artículo 3

  Derógase el artículo 69 de la ley 14.747, de 28 de diciembre de 1977.

Artículo 4

   Los cursos adicionales establecidos por el literal C) del artículo 55
de la ley 14.747, de 28 de diciembre de 1977, para los Oficiales de los
Cuerpos de Seguridad Terrestre y Técnico, egresados de la Escuela de
formación hasta el 1º de febrero de 1982, serán exigidos para los ascensos
a los grados de Mayor y Teniente Coronel, en lugar de Capitán y Mayor,
respectivamente.

Artículo 5

   La reforma que se introduce al artículo 92 de la ley 14.747, de 28 de
diciembre de 1977, por el artículo 1º de la presente, no modificará en
ningún caso las situaciones anteriores a la vigencia de la presente ley y
que se encuadren en el mismo.

Artículo 6

  Comuníquese, etc.

GREGORIO C. ALVAREZ - JUSTO M. ALONSO
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