LEY DE MEDICAMENTOS. FARMACOLOGIA




Promulgación: 05/08/1983
Publicación: 12/08/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 248
Reglamentada por: Decreto Nº 521/984 de 22/11/1984.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DEFINICIONES

Artículo 5

  Se consideran medicamentos esenciales aquellos que, debiendo estar
disponibles en todo momento, son los más apropiados para el tratamiento de
las afecciones mayoritarias de la población, teniendo en cuenta la
evolución de las prioridades en materia de atención sanitaria; los cambios
de la situación epidemiológica, las estructuras y desarrollo de los
servicios sanitarios y los progresos que se produzcan en el campo
farmacológico y farmacéutico. (*)
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