APROBACION DE REFORMA TRIBUTARIA




Promulgación: 07/11/1979
Publicación: 12/11/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1075
Ver vigencia: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 649.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
A) IMPUESTO UNIFICADO INDIRECTO A LA ENAJENACION DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS

Artículo 22

   (Hecho generador). Créase un impuesto a la compra de productos
agropecuarios, que gravará las operaciones realizadas con:

A)   Lanas y cueros ovinos y bovinos;
B)   Leche;
C)   Frutas, legumbres, miel y productos provenientes de la explotación
     hortícola y avícola;
D)   Cereales y granos;
E)   Otros productos provenientes de explotaciones agrícolas que
     determine el Poder Ejecutivo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 23.
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