DECLARACION DE DISOLUCION DEL FRIGORIFICO ANGLO DEL URUGUAY SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 30/05/1978
Publicación: 05/06/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 1008
Referencias a toda la norma

Artículo 1

  Declárase disuelta, al 5 de noviembre de 1971, la compañía Frigorífico
Anglo del Uruguay Sociedad Anónima y adjudicatario con título y modo, de
todos sus bienes, derechos y acciones, al Estado, en su calidad de único
titular de la totalidad de las acciones.

 El Registro Público General de Comercio, la Dirección General Impositiva,
la Inspección General de Hacienda y los organismos de seguridad social
realizarán las anotaciones pertinentes e inscribirán la disolución de la
sociedad a la fecha expresada.

 Todas las obligaciones tributarias (Artículos 1º, 10º y siguientes del
Código Tributario), de la mencionada compañía o generadas por sus
actividades, incluso las de carácter municipal, que aún estuvieren
impagas, se considerarán extinguidas a partir de la misma fecha. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 3.
Referencias al artículo

APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI - JOSE E. ETCHEVERRY
STIRLING - FERNANDO BAYARDO BENGOA
Ayuda