Declárase disuelta, al 5 de noviembre de 1971, la compañía Frigorífico
Anglo del Uruguay Sociedad Anónima y adjudicatario con título y modo, de
todos sus bienes, derechos y acciones, al Estado, en su calidad de único
titular de la totalidad de las acciones.
El Registro Público General de Comercio, la Dirección General Impositiva,
la Inspección General de Hacienda y los organismos de seguridad social
realizarán las anotaciones pertinentes e inscribirán la disolución de la
sociedad a la fecha expresada.
Todas las obligaciones tributarias (Artículos 1º, 10º y siguientes del
Código Tributario), de la mencionada compañía o generadas por sus
actividades, incluso las de carácter municipal, que aún estuvieren
impagas, se considerarán extinguidas a partir de la misma fecha. (*)