APROBACION DE DISPOSICIONES REFERENTES AL REGIMEN DE ARRENDAMIENTOS DESTINADOS A CASA HABITACION




Promulgación: 23/12/1976
Publicación: 28/12/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1556

Artículo 6

El aumento de la renta mensual resultante de la aplicación de los
artículos 2, 4 y 5, se pagará escalonadamente, de la siguiente manera:
el 50% (cincuenta por ciento) a partir del 1º de enero de 1977, y el
total, el 1º de julio del mismo año. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
Referencias al artículo
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