LEY DE CHEQUES




Promulgación: 08/08/1975
Publicación: 14/08/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 343
Reglamentada por: Decreto Nº 730/975 de 30/09/1975.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DEL CHEQUE COMUN

Artículo 66

   El Banco Central del Uruguay regulará las disposiciones de la presente Ley, incluyendo la forma y condiciones en que se llevará el Registro de infractores y la responsabilidad del banco receptor del cheque con relación a los cheques digitalizados.

   Asimismo, el Banco Central del Uruguay ejercerá el contralor del cumplimiento por parte de las instituciones bancarias, oficiales y privadas, de las disposiciones que regulan el cheque. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.038 de 27/05/2022 artículo 7.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 14.412 de 08/08/1975 artículo 66.
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