Mientras el Banco Central del Uruguay no disponga el canje de los
billetes y monedas en circulación éstos mantendrán su curso legal en todo
el país por su equivalente en "nuevos pesos" y sus fracciones.
El Banco Central del Uruguay podrá sobreimprimir los billetes en
circulación, así como los que emita, estableciendo la nueva equivalencia
y la referencia a esta ley. (*)