LEY DE INCORPORACION AL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE BIENES INMUEBLES




Promulgación: 03/09/1974
Publicación: 09/09/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 648
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - REGIMEN DE INCORPORACION DE INMUEBLES A PROPIEDAD HORIZONTAL

Artículo 11

   Decláranse válidas a todos los efectos de derecho las enajenaciones definitivas anteriores a la vigencia de la presente ley aun cuando 
ellas se hayan realizado en infracción de lo dispuesto en las normas 
vigentes a la fecha de la enajenación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que incumban a los enajenantes. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 945/974 de 21/11/1974.
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