LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y SUBURBANOS




Promulgación: 04/07/1974
Publicación: 22/07/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 24
Ver vigencia: Ley Nº 18.795 de 17/08/2011 artículo 25.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - CASA - HABITACION
NORMAS GENERALES

Artículo 17

   La acción de rebaja de alquiler se promoverá dentro de los noventa
días perentorios siguientes a la vigencia de esta ley, y en lo sucesivo
dentro de los sesenta días hábiles y perentorios posteriores a la
publicación a que se refiere el artículo 15 de la presente ley. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 18, 63 y 113.
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