Versión oficial publicada el 31.07.1941, aprobada por la Comisión
Revisora designada en el año 1933 y por la
Comisión de Códigos de la Cámara de Representantes .
Aprobado/a por: Ley Nº 10.024 de 14/06/1941.
Está prohibido abrir o establecer pasaje permanente a través de los pozos o zanjas de desagüe y hasta el camino, sin autorización de la Oficina Técnica que corresponda, quien determinará las condiciones en que
deba hacerse o construir el pasaje.