APROBADO POR LEY N° 10.024




Promulgación: 14/06/1941
Publicación: 28/06/1941
Versión oficial publicada el 31.07.1941, aprobada por la Comisión       
          Revisora designada en el año 1933 y por la
      Comisión de Códigos de la Cámara de Representantes

. Aprobado/a por: Ley Nº 10.024 de 14/06/1941. Ver en esta norma, artículo 290
(vigencia del Código Rural de 1875).

SECCION II
CAPITULO IV - CERTIFICADOS-GUIAS

Artículo 187

   Alcanza la obligación de munirse de certificados-guías a los que 
conduzcan animales de arreo, aunque se trate de repuestos para vehículos.
   No es necesario llevar certificado-guía por animales montados o 
prendidos en cualquier clase de vehículos, así como por los bueyes 
uncidos a carretas y vacas lecheras que recorren pequeñas distancias en busca de pastoreos, en las inmediaciones de los centros de población.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 192.
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