Versión oficial publicada el 31.07.1941, aprobada por la Comisión
Revisora designada en el año 1933 y por la
Comisión de Códigos de la Cámara de Representantes .
Aprobado/a por: Ley Nº 10.024 de 14/06/1941.
El propietario que sin serlo de la marca o señal lo sea de ganados o
frutos, en caso de transacciones o extracciones, está igualmente obligado
a expedir un certificado-guía, haciendo referencia al certificado por
medio del cual ha adquirido los animales o frutos.