APROBADO POR DECRETO LEY Nº 15.242




Promulgación: 08/01/1982
Publicación: 16/02/1982
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 15.242 de 08/01/1982.

Reglamentada por: Decreto Nº 110/982 de 26/03/1982.

LIBRO SEGUNDO - REGULACION DE LA ACTIVIDAD MINERA
SEGUNDA PARTE - DISPOSICIONES ESPECIALES
TITULO II - REGIMEN DE LOS YACIMIENTOS DE LA CLASE II
CAPITULO IV

Artículo 83

   Si el Poder Ejecutivo considera aceptable las condiciones propuestas,
instituirá el o los títulos mineros correspondientes, y aprobará el
contrato de regulación del goce de los derechos mineros, que se suscribirá
simultáneamente a la notificación del otorgamiento del título. (*)
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