APROBADO POR DECRETO LEY Nº 15.242




Promulgación: 08/01/1982
Publicación: 16/02/1982
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 15.242 de 08/01/1982.

Reglamentada por: Decreto Nº 110/982 de 26/03/1982.

LIBRO PRIMERO - PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO MINERO
TITULO III - REGIMEN LEGAL DE LA MINERIA
CAPITULO VIII
DERECHOS Y CANONES MINEROS

Artículo 47

   El Poder Ejecutivo podrá exonerar total o parcialmente la parte estatal
del Canon de producción, por períodos que no excederán de los primeros
diez años de la explotación, si considera que existen razones de interés
general en fomentar dicha explotación. (*)
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