APROBADO POR DECRETO LEY Nº 15.242




Promulgación: 08/01/1982
Publicación: 16/02/1982
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 15.242 de 08/01/1982.

Reglamentada por: Decreto Nº 110/982 de 26/03/1982.

LIBRO PRIMERO - PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO MINERO
TITULO III - REGIMEN LEGAL DE LA MINERIA
CAPITULO V
DERECHOS DEL DESCUBRIDOR DEL YACIMIENTO

Artículo 26

   El cesionario de los derechos del descubridor sucede al cedente en los
derechos mineros atribuidos o que corresponda atribuir, debiendo acreditar
las condiciones que requiera el título minero. (*)
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