Reglamentada por: Decreto Nº 110/982 de 26/03/1982.
LIBRO PRIMERO - PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO MINERO TITULO II - DERECHOS Y TITULOS MINEROS CAPITULO II TITULOS MINEROS
Artículo 12
El goce de los derechos mineros atribuidos por el título respectivo, es
regulado por disposiciones específicas de este Código y por contratos,
según la clase a que pertenezca el yacimiento. (*)