LIBRO II - DE LOS CONTRATOS DE COMERCIO TITULO II - DEL MANDATO Y DE LAS COMISIONES O CONSIGNACIONES CAPITULO II - DE LAS COMISIONES O CONSIGNACIONES
Artículo 368
Es indispensable también el consentimiento expreso del comitente, para
que el comisionista pueda ejecutar una adquisición que le está encargada
con efectos que tenga en su poder, ya sean suyos o ajenos.