APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES SEGUNDA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS TITULO II - DE LA COMPRAVENTA CAPITULO VII - DE LA VENTA DE UNA COSA COMUN POR LICITACION O SUBASTA
Artículo 1756
Cada uno de los copropietarios tiene derecho a reclamar que la venta
se haga en subasta pública. Cuando alguno de ellos fuese ausente o menor
habilitado o estuviere sujeto a tutela o curaduría, la venta se hará en la
forma establecida por el artículo 396 de este Código. (*)