AUTORIZACION A POTENSUR S.A. PARA PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO LAURELES




Promulgación: 31/10/2001
Publicación: 07/11/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1096
Ver vigencia: Resolución Nº 111/005 de 27/01/2005 numeral 1.

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 PROYECTO EJECUTIVO
Potensur S.A. deberá presentar en un plazo máximo de 6 (seis) meses a 
partir de la notificación de la presente resolución, el proyecto 
ejecutivo de las obras de primera etapa y su cronograma de ejecución, 
para su aprobación por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas antes 
del inicio de la ejecución de las obras. La aprobación del Ministerio de 
Transporte y Obras Públicas, se limitará a comprobar que se verifican los 
extremos de la presente resolución, que se aplican las reglas del arte y 
que la construcción de las obras no implicará riesgos para terceros.
La Dirección Nacional de Hidrografía tendrá un plazo de treinta días a 
partir de la recepción del Proyecto Ejecutivo para formular observaciones 
al mismo. Transcurrido dicho plazo sin que medien observaciones, el 
proyecto ejecutivo se considerará expedito para su ejecución.
Este Proyecto deberá incluir (en original, 3 copias y copia en soporte 
magnético):
* Memoria Técnica, Memoria Descriptiva y Constructiva, incluyendo 
  cronograma de ejecución de obras y los planos de las obras portuarias 
  emplazadas tanto en el álveo como en tierra con sus respectivos 
  detalles.
* Normativa: se deberán indicar las especificaciones técnicas de uso 
  internacional que deban cumplir los materiales y los procesos 
  constructivos, así como referenciar el o los cuerpos Normativos en que
  se basa el Proyecto.
* Plan de Mantenimiento de Obras e Instalaciones.
* Estudio de corrientes y modelación de maniobras (franqueo del puente
  Gral. San Martín y atraque / desatraque).
Potensur S.A. deberá realizar a su cargo las tareas de mantenimiento y 
reparaciones necesarias para conservar las obras e instalaciones en 
perfectas condiciones durante todo el plazo de la Concesión, conforme al 
plan de mantenimiento del Proyecto.
El Proyecto Ejecutivo de las subsiguientes etapas deberá presentarse con 
una antelación mínima de 90 días de la fecha prevista de iniciación de 
las obras, conforme a lo establecido precedentemente.
En cualquier momento, la Dirección Nacional de Hidrografía podrá 
solicitar de manera fundada, información técnica complementaria sobre los 
proyectos presentados, aún con posterioridad a su aprobación, y Potensur 
S.A. estará obligada a presentarla.
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