AUTORIZACION A POTENSUR S.A. PARA PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO LAURELES




Promulgación: 31/10/2001
Publicación: 07/11/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1096
Ver vigencia: Resolución Nº 111/005 de 27/01/2005 numeral 1.

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 PROPIEDAD DE LAS OBRAS
Todas las obras e instalaciones que se ejecuten en el álveo serán de 
dominio público a la extinción de la concesión, sin derecho a 
indemnización de especie alguna, teniendo Potensur S.A. su administración 
y explotación mientras esté en vigencia la concesión.
De no mediar prórroga acordada por las partes según lo previsto en el 
numeral 3º de la presente Resolución, los predios, obras e instalaciones 
que estén incluidos en el Area de Tierra del Recinto Portuario con 
asiento en el padrón Nº 1571 (parte), podrán ser expropiados total o 
parcialmente a favor del Estado, el que no tomará efectiva posesión de 
los mismos mientras no abone la justa y previa compensación que establece 
el artículo 32 de la Constitución.
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