Ver vigencia: Resolución Nº 111/005 de 27/01/2005 numeral 1.
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PLAN DE CONTINGENCIA.
Previo al inicio de las operaciones portuarias, Potensur S.A. deberá
presentar un Plan de Contingencia de prevención y vigilancia ante
posibles contaminaciones. Dicho plan deberá prever la respuesta ante
eventuales derrames y deberá ser aprobado por el Ministerio de Transporte
y Obras Públicas, sin que por esto se releve de responsabilidad a
Potensur S.A.
Las acciones de prevención así como las medidas de neutralización o
limpieza, y demás acciones necesarias para mitigar el impacto, serán de
cargo de Potensur S.A., sin perjuicio de su derecho de repetir contra el
responsable de la contaminación.