PROTECCION DE LA SALUD DE LA POBLACION INFANTIL Y ADOLESCENTE A TRAVES DE LA PROMOCION DE HABITOS ALIMENTICIOS SALUDABLES




Promulgación: 11/10/2013
Publicación: 28/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1433
Reglamentada por: Decreto Nº 60/014 de 13/03/2014.

Artículo 3

El Ministerio de Salud Pública confeccionará un listado de grupos de
alimentos y bebidas nutritivamente adecuados que contará con información
destinada a la población de los centros educativos en forma general
(alumnos, docentes, funcionarios no docentes y padres), estableciendo
recomendaciones para una alimentación saludable en las diferentes etapas
de la vida, como forma de promoción y prevención a toda la comunidad.

El Ministerio de Educación y Cultura incluirá en el sistema educativo el
tema de los hábitos alimenticios saludables y estimulará el consumo de
agua potable y la realización de actividades físicas contrarias al
sedentarismo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4 y 6.
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