DECLARACION DE INTERES NACIONAL. MEJORAS DE LAS CONDICIONES DE ACCESO A LA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL




Promulgación: 17/08/2011
Publicación: 12/09/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 491
Reglamentada por: Decreto Nº 355/011 de 06/10/2011.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - FONDO DE GARANTIA DE CREDITOS HIPOTECARIOS

Artículo 8

 (Naturaleza).- El Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios será un
patrimonio de afectación independiente, sin personería jurídica, que será
administrado por la Agencia Nacional de Vivienda (ANV), la que ejercerá
las facultades de dominio sin ser propietaria, para cumplir los cometidos
asignados en esta norma y en la Ley N° 18.125, de 27 de abril de 2007 y
sus modificativas.
El patrimonio del Fondo no responderá por las deudas de la ANV.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 95/012 de 27/03/2012.
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