LEY DE PROTECCION, BIENESTAR Y TENENCIA DE ANIMALES




Promulgación: 27/03/2009
Publicación: 21/04/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 734
Reglamentada por:
      Decreto Nº 204/017 de 31/07/2017,
      Decreto Nº 62/014 Derogada/o de 14/03/2014.
Referencias a toda la norma

TITULO PRIMERO - NORMAS GENERALES

Artículo 5

 Queda expresamente prohibida la caza, la captura o el sacrificio de
animales silvestres o salvajes y de especies protegidas legalmente. La
caza autorizada por la autoridad competente, en las temporadas destinadas
a ello, se deberá llevar a cabo contando con el permiso de caza
correspondiente.
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