LEY DE COOPERATIVAS. REGULACION, CONSTITUCION, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 14/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2032
Reglamentada por:
      Decreto Nº 113/022 de 07/04/2022,
      Decreto Nº 208/020 de 23/07/2020,
      Decreto Nº 183/018 de 15/06/2018,
      Decreto Nº 198/012 Derogada/o de 18/06/2012.
Referencias a toda la norma

SECCION II - CONSEJO DIRECTIVO

Artículo 35

 (Concepto y naturaleza).- El Consejo Directivo es el órgano encargado de
la administración permanente de la cooperativa.
Sus atribuciones serán determinadas en el estatuto, sin perjuicio de las
establecidas por la ley.
Se consideran facultades implícitas de este órgano las que la ley o el
estatuto no reserven expresamente a la Asamblea y las que resultan
necesarias para la realización de las actividades en cumplimiento del
objeto social.
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