Reglamentada por:
Decreto Nº 190/012 de 29/05/2012,
Decreto Nº 393/008 de 11/08/2008.
CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 3
(Política lechera).- Se entiende por política lechera el conjunto de
medidas, instrumentos y objetivos que regulen y desarrollen la producción,
industrialización, comercialización de la leche y sus derivados y fomente
la creación de fuentes de trabajo, con el objetivo de obtener el aumento
de la producción para satisfacer la demanda interna y aumentar la
exportación de productos lácteos, mediante el manejo sustentable de todos
los recursos naturales.